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Rebajo de salario por participar en protestas acaba con principal arma

¡Adiós a las huelgas! Sindicatos obligados a replantearse

Lobby en el Congreso y crear líderes con fines políticos serían parte de nueva agenda

Esteban Arrieta [email protected] | Martes 29 octubre, 2019


La amenaza que enfrentan los sindicatos se desprende de un fallo de la Sala IV del viernes anterior en torno al proyecto que regularía las huelgas en el país. Carlos Ricardo Benavides, presidente del Congreso, fue uno de los grandes defensores del proyecto. Shutterstock-Elaboración propia.
La amenaza que enfrentan los sindicatos se desprende de un fallo de la Sala IV del viernes anterior en torno al proyecto que regularía las huelgas en el país. Carlos Ricardo Benavides, presidente del Congreso, fue uno de los grandes defensores del proyecto. Shutterstock-Elaboración propia.


El rebajo automático del salario para quienes se vayan a huelga, así como la prohibición de la protesta para todos los servicios esenciales – como la salud y la seguridad – privan al sindicalismo tradicional de sus principales armas.

Los gremios de trabajadores están obligados a replantearse ante esta disyuntiva por medio de herramientas como el lobby en el Congreso y la creación de líderes con fines políticos para defender sus intereses.

Lea más: Prohibición de huelgas en servicios esenciales y rebajo automático de salario no son ilegales, según Sala IV

Otra forma de enfrentar el vendaval es transformándose en grupos similares a las asociaciones solidaristas.

La amenaza que enfrentan los sindicatos se desprende de un fallo de la Sala IV del viernes anterior en torno al proyecto que regularía las huelgas en el país.

Hasta el momento, los líderes gremiales le bajan el tono a la resolución y consideran que la huelga no se verá afectada mientras se preparan para acusar al país ante la Organización de las Naciones Unidas y la Organización Internacional del Trabajo.

El proyecto debe aprobarse nuevamente en primer debate, porque la Sala IV determinó que el plan tenía un par de errores, pero sus defensores señalan que son fácilmente subsanables, ya que básicamente se trata de eliminar un par de artículos.

La molestia se debe a que las huelgas suspenden los contratos de trabajo de los empleados que participen en ellas; consecuentemente, dichos trabajadores no estarán obligados a prestar sus servicios, pero tampoco el patrono deberá pagar sus remuneraciones.

El rebajo del salario es una alternativa que ya se ejecuta en países de la región como Panamá, Chile y Perú; por tanto, cuenta con el aval de la Organización Internacional del Trabajo. Asimismo, naciones de Europa como España, Italia y Francia también la ejecutan.

Lea más: Trabajadores que vayan a huelga, no recibirán paga, confirma Sala IV

En la práctica esto se traduciría en menos protestas, ya que los funcionarios públicos solo irían a la calle cuando sea necesario y no sin tener sustento.

De esta forma, protestas como la de hace un año -de 86 días consecutivos- serían difíciles de imaginar, ya que los trabajadores en paro sufrirían los efectos directos de paralizar sus labores.

La nueva ley establecería que se puede recobrar la paga por los días no laborados, pero necesariamente se requerirá que un Tribunal de Trabajo determine que los motivos de la huelga son imputables al patrono, por lo que el proceso duraría unos dos meses.

La propuesta deberá ser votada en primer debate otra vez, porque la Sala IV encontró un par de vicios de ilegalidad en el procedimiento, pero sus defensores como Carlos Ricardo Benavides, presidente del parlamento, destacan que son fácilmente subsanables.


Visiones diferentes


El sector productivo y diputados de varias fracciones destacan que el proyecto sobre las huelgas define nuevas reglas en torno a las protestas, evitando el abuso, mientras que los sindicatos destacan que la huelga no las detendrá nada.

A favor

Carlos Ricardo Benavides

Presidente
Asamblea Legislativa


Los dos únicos vicios son subsanables de manera rápida y sin afectar los elementos sustanciales del proyecto.
La sentencia avala un sistema en el cual el derecho a huelga se protege pero no estará nunca más por encima de los derechos ciudadanos fundamentales.
La sentencia de la Sala IV avala la constitucionalidad de todos los aspectos medulares del proyecto sobre Huelgas. Queda claro que el proyecto está apegado a la doctrina de los Derechos Humanos y los criterios de la OIT.

Gonzalo Delgado

Presidente
Uccaep


El sector empresarial espera que este proyecto sea aprobado en segundo debate este mismo año, dado la urgencia que tiene el país de regular las huelgas y brindar confianza al sector productivo que genera empleo en Costa Rica.
Estamos muy satisfechos porque efectivamente ha quedado demostrado que el proyecto de ley por el fondo, es constitucional.

José Manuel Quirce

Presidente
Crecex


La decisión llega en un momento oportuno y ayudará a que exista certidumbre sobre lo que puede o no puede hacer un sindicato al organizar una huelga en sector público.
Esperemos que de ahora en adelante no se vuelvan a dar protestas abusivas como la que se dio el año pasado de más de tres meses, afectando a la ciudadanía y al sector productivo, el cual tuvo millones de dólares en pérdidas.

Zoila Rosa Volio

Diputada
Partido Integración Nacional


Los vicios de ilegalidad que señala la Sala IV son claramente subsanables. En ese sentido, pienso que lo mejor es eliminarlos.
Preguntarles a los magistrados si los servicios judiciales son esenciales no vale la pena, ya que si consideran que afecta su funcionamiento, no se podría votar el proyecto por vía rápida, pues se pondría en riesgo todo el contenido.
Por otra parte, pienso que de ahora en adelante los sindicatos tienen que recomponerse, rehacerse de nuevo y olvidarse de todos los abusos y delitos que han cometido impunemente.

En contra

Carmen Chan

Diputada
Nueva República


Me preocupa que una vez más quieran pasar un proyecto tan sensible de manera rápida, sin suficiente discusión y debate.
El tema de las protestas contra políticas públicas y huelgas políticas continúa siendo un desconcierto y atenta contra derechos humanos la forma en que este proyecto pretende regular estos tipos de huelgas.

Édgar Morales

Secretario adjunto
Unión Nacional de Trabajadores


No se pueden prohibir ni con toque de queda; a los pueblos nadie les pone un candidato en la boca. Ejemplos hay muchos.
En Costa Rica se está imponiendo una dictadura en democracia para que la gente se quede callada con la privatización de la Caja y otros negocios. Son modelos estafadores, vea lo que pasó con el IVA y la exoneración de multas y sanciones.

Albino Vargas

Secretario
Asociación Nacional Empleados Públicos


Se trata de una resolución ideológica, congruente con la visión macrofiscal del Gobierno y la mayoría neoliberal del Congreso.
No me sorprende porque la Sala IV ya había dado una pésima señal cuando viabilizó el combo fiscal, determinando que lo fiscal es prioridad ante lo constitucional, sin importar la independencia de poderes.
Las huelgas nunca han necesitado el permiso de nadie y por ello se seguirán dando. Curiosamente, la única huelga legal fue la que se hizo el año pasado.



Freno a las huelgas


Estos son los principales cambios que aprobaron los legisladores para regular las huelgas:

  • Servicios considerados esenciales no podrán hacer huelga
  • Notificaciones de procesos laborales podrán procesarse por correo electrónico
  • Huelgas políticas solo se podrán realizar por 48 horas, después serían ilegales
  • Declaratoria de ilegalidad de huelgas no durará más de dos meses
  • Rebajo de salario desde el primer día de protestas
  • Despido es una posibilidad para manifestantes
  • Después de declaratoria de ilegalidad, trabajadores tendrán 24 horas para regresar al puesto de trabajo


Límite a las protestas


Los servicios considerados “esenciales” no podrán irse a huelga, mientras que aquellos “trascendentales” deberán garantizar un mínimo de acción a través de un plan.
La Educación tendría la categoría de “servicio estratégico”, por lo que sus movimientos de protesta no podrán durar más de 21 días consecutivos, o diez días naturales discontinuos.

Servicios esenciales

  • Agua potable
  • Alumbrado
  • Atención de emergencias, incluyendo incendios
  • Carga y descarga en muelles y atracaderos
  • Cen Cinai y albergues para personas adultas
  • Control de tráfico aéreo
  • Electricidad
  • Salud
  • Servicios bancarios de depósito y retiro de dinero
  • Seguridad
  • Transporte ferroviario, marítimo y aéreo
  • Telecomunicaciones

Servicios trascendentales

  • Aseo de vías y sitios públicos
  • Educación
  • Recolección de basura
  • Servicios de control migratorio y aduanero

Servicio estratégico

  • Educación


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