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Lunes, 31 de marzo de 2025



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Comunicado: AVISO DE PRIMER, SEGUNDO Y TERCER REMATE DEL “CONTRATO DE FIDEICOMISO DE GARANTÍA – HENRY CARRILLO SOLORZANO - NANDAYURE. – ISTMO LAW, S.A. – 2023”

Comunicados Digitales [email protected] | Jueves 27 marzo, 2025


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Canva / La República


AVISO DE PRIMER, SEGUNDO Y TERCER REMATE DEL “CONTRATO DE FIDEICOMISO DE GARANTÍA – HENRY CARRILLO SOLORZANO - NANDAYURE. – ISTMO LAW, S.A. – 2023”

La suscrita Istmo Law, S.A., titular de la cédula jurídica número tres – ciento uno – seiscientos ocho mil veintinueve, como Fiduciaria en el Contrato de Fideicomiso de Garantía denominado “CONTRATO DE FIDEICOMISO DE GARANTÍA – HENRY CARRILLO SOLORZANO - NANDAYURE. – ISTMO LAW, S.A. – 2023”, hago saber al público en general que a las quince horas día veintiuno de abril de dos mil veinticinco, en San José, Santa Ana, Pozos, Lindora, Plaza Futura, primer piso, oficina B 110, procederé a la venta en subasta pública, con un precio base para el PRIMER REMATE de US$51,563.11 (cincuenta y un mil quinientos sesenta y tres dólares con once centavos) moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, y al mejor postor la finca del partido de Guanacaste matrícula de folio real número 120806-000,que es terreno de bodega, patio y construido, situada en el distrito uno, Carmona, cantón nueve, Nandayure, de la provincia de Guanacaste, con los siguientes linderos, al Norte: servidumbre de paso; al Sur: servidumbre de paso; al Este: Milagro Salgado Fernández; al Oeste: calle pública; con una superficie de cuatrocientos ochenta metros cuadrados; Plano catastrado G – 1797327-2015; libre de anotaciones, soportando el gravamen de servidumbre de paso con cita 517-14780-01-0002-001. SE PREVIENE a toda persona interesada en participar en el remate que podrá hacerlo entregando como depósito de garantía, un cheque certificado o de gerencia de un banco local girado a nombre de la Fiduciaria Istmo Law, S.A., comprobante de transferencia bancaria en la cuenta de la fiduciaria, o bien, dinero en efectivo, por un monto equivalente al cincuenta por ciento (50%) de la base fijada para el remate, señalando con el depósito el medio para atender notificaciones. No se admitirán posturas que no cubran la base más un cincuenta por ciento, para cubrir y reembolsar a La Fideicomisaria Acreedora los gastos del remate, los honorarios del Notario y de la Fiduciaria, así como los intereses corrientes y moratorios, gastos administrativos y penalidades de existir. El remate se suspenderá: A. Por solicitud expresa de La Fideicomisaria Acreedora; B. Cuando El Fideicomitente Deudor, o cualquier interesado, entreguen un cheque de gerencia a la orden de la fiduciaria o, en dinero en efectivo, una suma que cubra la totalidad de los extremos reclamados incluidas las costas. Cuando la suma depositada sea evidentemente insuficiente, no se suspenderá el remate, en cuyo caso se realizará sujeto a que habiendo sido determinada la suma faltante, el interesado cubra la diferencia al tercer día. La omisión de este pago dejará sin efecto el remate. Si en el acto del remate el comprador no paga la totalidad de lo ofrecido, deberá depositar en manos de la Fiduciaria y mediante cheque de gerencia, dentro del tercer día hábil, el precio total de su oferta. De no hacerlo, la subasta se declarará insubsistente. En este caso, el depósito se utilizará (a) en primer término para reembolsar a La Fideicomisaria Acreedora los gastos del remate y los honorarios del Notario y la Fiduciaria, por ese orden y hasta donde alcance; y (b) el resto se girará a La Fideicomisaria Acreedora imputándose como abono al crédito en el siguiente orden: i) gastos administrativos y/o penalidades, ii) intereses moratorios, iii) intereses corrientes y iv) capital. La Fideicomisaria Acreedora podrán participar en el remate sin estar obligado a hacer el depósito de garantía, siempre que sus ofertas sean en abono a su crédito, el que para este efecto se fija en el capital más el cincuenta por ciento (50%). Si La Fideicomisaria Acreedora ofrece una suma que supere su crédito, deberán de realizar el depósito aludido para poder participar en la subasta. Si el monto ofrecido supera lo adeudado, una vez aprobada la liquidación final, se le prevendrá depositar la diferencia dentro del tercer día. Si no lo hace, el remate se declarará insubsistente. En caso de que este remate fuere declarado insubsistente o no hubiere postores en el primer remate, a fin de realizar el SEGUNDO REMATE se señalan las quince horas del día cinco de mayo de dos mil veinticinco, en la misma dirección en que se celebrará el primer remate dicho. En este caso el precio base de este segundo remate es la suma de US$38,672.33(treinta y ocho mil seiscientos setenta y dos dólares con treinta y tres centavos de dólar) moneda de curso legal de los Estados Unidos de América. En caso de que este remate fuere declarado insubsistente o no hubiere postores, a fin realizar el TERCER y ÚLTIMO REMATE se señalan las diez horas del día quince de mayo de dos mil veinticinco, en la misma dirección en que se celebrará el primer remate dicho. En este caso el precio base de este tercer remate es la suma de US$12,890.77 (doce mil ochocientos noventa dólares con setenta y siete centavos de dólar) moneda de curso legal de los Estados Unidos de América. En este caso, cualquier postor que desee participar en el tercer remate deberá de depositar la totalidad de la base. Los antecedentes de este remate pueden ser revisados en la siguiente dirección: San José, Santa Ana, Pozos, Lindora, Futura Business Center, primer piso, oficina B-110, en horas de oficina, previa cita, al teléfono 4080-5930 Istmo Law, S.A., p/ la Fiduciaria. Publíquese una sola vez. –


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