El financiamiento público electoral
Vladimir de la Cruz [email protected] | Miércoles 06 julio, 2016
Si hay financiamiento público no debería haber financiamiento privado. Este debería prohibirse totalmente para las campañas electorales
Pizarrón
El financiamiento público electoral
De acuerdo con el Artículo 96 de la Constitución Política, el Estado contribuye al gasto de las campañas electorales. Así, el Estado cubre los gastos en que incurran los partidos políticos, de conformidad al presupuesto que presentan, ante el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), para la campaña electoral, que no puede ser modificado, hacia arriba, es decir, pueden gastar menos de lo que presupuestaron pero no más, y en relación al resultado porcentual de votos que saquen en la misma.
En las campañas electorales ningún partido gasta todo lo que presupuesta, aunque hagan presupuestos elevados. Ni todo lo que se presupuesta, por todos los partidos, es igual al monto dispuesto por el Estado para la campaña electoral. Es decir, siempre le queda al Estado parte de ese dinero.
En teoría, el Presupuesto de cada partido es contra gastos de proveedores a quienes se les contratan sus servicios para la campaña electoral. Por ello, no puede quedar nada de dinero en las cuentas de cada partido una vez terminada la campaña y liquidadas las cuentas autorizadas de pago por el TSE, contra las facturas que se entregan para su verificación y autorización de estos gastos. Teórica ni legalmente a ningún partido le puede quedar, en su cuenta bancaria, dinero de este concepto de financiamiento estatal.
Lo dispuesto por el Estado para cada campaña electoral es el 0,19% del Producto Interno Bruto (PIB) del año trasanterior a la campaña electoral.
En los últimos procesos electorales se ha aprobado reducir al 0,11% del PIB, por una reforma transitoria al Código Electoral. Esto significa que para la campaña electoral de 2018, de acuerdo al PIB de este año correspondería alrededor de ¢57.000 millones, pero con la rebaja al 0,11% sería de ¢33.000 millones. De esta cifra se destinaría un aproximado de ¢10.000 millones para financiar los gastos de la campaña electoral municipal de 2012. El TSE no presupuesta, en este sentido, nada para posibles convocatorias de referéndums, porque no le interesa apoyarlos, ni promoverlos.
Hipócritamente los partidos exaltan este recorte, pero no prohíben la donación privada a las cuentas de sus partidos. Así, especialmente, los partidos grandes, e históricamente dominantes y presentes en varias campañas, con elección de gobiernos o de diputados, se benefician adicionalmente, porque estas donaciones tan solo se regulan por el reporte que de ellas se hace al TSE, que se suma a lo que el Estado les reconoce de gastos.
Si hay financiamiento público no debería haber financiamiento privado. Este debería prohibirse totalmente para las campañas electorales. A su vez, debe modificarse el Artículo 96 de la Constitución Política para que el financiamiento público alcance a todos los partidos políticos por igual, y no solo a aquellos partidos que logran un 4% de votación o eligen al menos un diputado. A los que no logran ese porcentaje, ni eligen, se les niega el derecho de reconocimiento de los gastos electorales, lo cual les crea una discriminación absoluta, de partidos y ciudadanos, porque en sus resultados finales a los ciudadanos que votaron por estos partidos, que no lograron el 4% ni obtuvieron un diputado, no se les trata como iguales electores, y lo que les corresponde proporcionalmente se pasa al conjunto de la deuda que se distribuye entre los que sí obtuvieron el 4% o eligieron diputado.
Vladimir de la Cruz
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