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¿Paga impuesto a 'casas de lujo'? Conozca los cambios que podrían darse en el tributo

Ronny Gudiño [email protected] | Viernes 22 enero, 2021


Ministro de Hacienda
Elián Villegas, ministro de Hacienda. Archivo/La República


El impuesto a las 'casas de lujo' estaría en sus últimos días de existencia en su versión actual, puesto que el gobierno de Carlos Alvarado pretende modificarlo como parte de las propuestas al FMI.

Toda propiedad, o inmuebles de uso habitacional, ocasional o de recreo, cuyo valor sea igual o mayor a unos ¢150 millones pagaría un impuesto del 0,5%, se anuncia en el proyecto de ley.

“Este impuesto gravará todo inmueble, urbano o rural, que contenga una o más construcciones e instalaciones fijas y permanentes, que constituyan una unidad habitacional, utilizada como vivienda habitual, ocasional o de recreo, aunque esté ubicada en fincas independientes o en edificios parcialmente ocupados por construcciones destinadas a otros usos”, se dice en el proyecto.

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Inmuebles en donde se desarrollen actividades agrícolas, pecuarias, forestales, de conservación de recursos naturales, agroindustriales y/o comerciales, no se contemplan como sujetos del tributo en esta iniciativa.

En cuanto al cobro, su pago deberá realizarse durante los primeros 15 días del mes de febrero de cada año, de avanzar el proyecto; contrario al corte al 15 de enero, de este año.

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De darse el cambio, se deroga el impuesto original iniciado en el 2008 y se le asignará al Banco Hipotecario de la Vivienda (BANHVI) una partida anual, vía transferencia, superior a ¢4 mil millones.

En la actualidad, este impuesto tiene tarifas escalonadas, empezando en 0,25% hasta 0,55%. Asimismo, las propiedades con un valor superior a los ¢133 millones son el primero rango que pagan este tributo en la actualidad.

Bajo el modelo actual, solo las 'casas de lujo' con un valor sobre el exceso de ¢1.679 millones y hasta ¢2.017 millones pagan un 0,5% de impuesto.


Tramos 2021


A continuación, les presentamos la tasa del impuesto según el valor de la propiedad vigente y que se modificaría con la entrada del tributo (datos en colones)

  • Sobre el exceso de 133 millones hasta 335 millones: 0,25%
  • Sobre el exceso de 335 millones y hasta 672 millones: 0,30%
  • Sobre el exceso de 672 millones y hasta 1.008 millones: 0,35%
  • Sobre el exceso de 1.008 millones y hasta 1.345 millones: 0,40%
  • Sobre el exceso de 1.345 millones y hasta 1.679 millones: 0,45%
  • Sobre el exceso de 1.679 millones y hasta 2.017 millones: 0,50%
  • Sobre el exceso de 2.017 millones: 0,55%


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