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Setiembre arrancará con cobro de Impuesto a Personas Jurídicas

Alexandra Cubero [email protected] | Viernes 11 agosto, 2017 04:59 p. m.


Imagen con fines ilustrativos. Shutterstock/La República.


El cobro del Impuesto a las Personas Jurídicas iniciará el próximo 1 de setiembre.

Los responsables de cumplir con esta obligación, deberán cancelar el período que va desde el 1 de setiembre hasta el 31 de diciembre.

Son contribuyentes de este impuesto todas las sociedades mercantiles, las sucursales de una sociedad extranjera o su representante y las empresas individuales de responsabilidad limitadas inscritas ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Lea más: Declaración de impuesto de la renta en la mira de Tributación

Además, las casas extranjeras, sociedad anónima, sociedad de responsabilidad limitada, sociedad en comandita, sociedad colectiva y empresas individuales de responsabilidad limitada

El impuesto se puede cancelar por medio de los bancos, indicando el número de identificación de la persona jurídica.

Quienes no cumplan con este pago durante el mes de setiembre, deberán asumir los recargos y la sanción correspondiente.

Los recursos de este impuesto se asignarán al Ministerio de Seguridad para financiar infraestructura y equipo. 


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