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Ley deficiente regula vigilancia electrónica de reos

Luis Fernando Cascante [email protected] | Lunes 31 julio, 2017


“Una vez que llegan adonde nosotros, les tenemos que decir: usted tiene que estar 24 horas en su casa", comentó Manuel Delgado, jefe de la Unidad de Monitoreo Electrónico. Esteban Monge/La República


Luis Fernando Cascante para La República
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Una ley con múltiples ambigüedades e imprecisiones marca la cancha de la vigilancia electrónica para los privados de libertad en Costa Rica.

Esta es una de las principales conclusiones entre jueces, funcionarios de Justicia y personal de monitoreo, tras la implementación de tobilleras electrónicas en 320 personas del sistema penitenciario.

La ejecución de estas medidas ha desencadenado una confusión con la modalidad de casa por cárcel, a criterio de supervisores y jueces.

Además, la ley no obliga a los jueces de sentencia a acompañar la imposición del dispositivo con un permiso de trabajo que aumente el rango de movilización del privado de libertad, situación que termina resolviéndose meses después de puesta la tobillera.

“Una vez que llegan adonde nosotros, les tenemos que decir: usted tiene que estar 24 horas en su casa. Luego comienzan a tener las necesidades de cualquier persona y requieren trabajo. El permiso tiene que pasar por una audiencia. Hacemos el estudio técnico, cuáles serían los oficios y horarios. El juez debe tomar la decisión. El problema es el tiempo que toma, de dos a tres meses de audiencia”, explicó Manuel Delgado, jefe de la Unidad de Monitoreo Electrónico.

Esta es una de las situaciones más críticas descubiertas en la práctica y a la que el personal de monitoreo ha tenido que dar soluciones temporales.

Uno de los puntos fuertes es la efectividad de la herramienta. En los casos donde los privados de libertad han intentado romper la tobillera o cuando han excedido su perímetro de movimiento, la respuesta del personal de monitoreo y la coordinación con la policía han evitado mayores problemas.

Solo en nueve ocasiones los jueces se han visto obligados a revocar el beneficio de tobillera electrónica, es decir, casi un 3% del total.

Inclusive, una de las críticas de Roy Murillo, juez de ejecución de la pena, es sobre el perfil que se definió para ser candidato a recibir una tobillera.

“Si esta población no es de riesgo, ¿para qué la sometemos a un mecanismo de control como si lo fuera? En las condiciones actuales, démosles las tobilleras a personas de mayor riesgo y flexibilicemos las condiciones de las no peligrosas”, comentó Murillo.

Otra de las ambigüedades de la ley se encuentra en el artículo 57 bis, el cual señala que las autoridades judiciales promoverán la educación virtual a distancia, mediante el uso de Internet, una situación que hoy no se cumple.

“Es un cuento chino. ¿Qué condiciones tienen estas personas para una educación virtual? El Estado no tiene un programa de educación virtual. ¿Cuántos tienen una computadora en su casa? La mayoría viven en pobreza extrema, hacinados en casas pequeñas con mucha gente. Se justifican las leyes en frases hermosas y en la práctica todo es control y neutralización de personas no peligrosas”, criticó Murillo.

Para este año, el Ministerio de Justicia cuenta con ¢860 millones para la compra de tobilleras electrónicas a la Empresa de Servicios Públicos de Heredia.

Se estima que el costo de un privado de libertad en la cárcel es de $43 diarios, mientras que uno de arresto domiciliario con tobillera electrónica cuesta $17.

La ley de mecanismos electrónicos para seguimiento de materia penal entró a regir en octubre de 2014, luego de haberse presentado a finales del gobierno de Óscar Arias.

Lea mañana: "Joven arriesgó beneficio de tobillera electrónica para no perder su empleo"


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