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Los tiempos de la reforma fiscal se acercan

Siany Villalobos [email protected] | Martes 21 agosto, 2018


Los tiempos de la reforma fiscal se acercan

Llegó la hora, a partir de esta semana la comisión especial que atiende el Proyecto de Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, expediente N°20580 conocerá las últimas 873 mociones vía artículo 137 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, presentadas por diputados y diputadas de las diferentes fracciones legislativas. Estas mociones serán discutidas y votadas en la comisión con un plazo límite establecido en la moción 208 BIS original, si al filo de este plazo aún falta conocer mociones, estas se someten a votación sin discusión y se procede a dictaminar, pasando de nuevo el proyecto al Plenario Legislativo para continuar con el trámite correspondiente.

El trámite en el Plenario igualmente tiene tiempos limitados, pero de igual forma los señores diputados y diputadas cuentan con el derecho de presentar en dos sesiones las mociones vía artículo 138, mociones de reiteración, con un tiempo máximo de discusión de cinco minutos, este tipo de mociones se utilizan para insistir en algunos temas que fueron presentados y votados de forma negativa en la comisión dictaminadora, las mociones de reiteración buscan convencer al resto de los diputados(as) en el pleno de la importancia del tema propuesto en la enmienda, aun cuando también las conocemos como mecanismos dilatorios del proceso.

Una vez concluido este proceso se continúa con la discusión y votación del proyecto por el fondo, donde cada diputado y diputada cuenta con diez minutos para referirse al proyecto por el fondo en el Plenario Legislativo, todo esto por un plazo de seis sesiones entre las mociones de reiteración, discusión y votación del proyecto en primer debate.

Los tiempos o fecha de aprobación definitiva del famoso y conocido popularmente como Plan Fiscal, no se pueden fijar con exactitud, puesto que dependen de la fecha en que la Presidencia de la Asamblea Legislativa realiza la admisibilidad de las mociones para que pasen a la comisión dictaminadora, el tiempo que tarde la comisión en emitir el dictamen, recordando que tiene un plazo de dos días hábiles siguientes a la recepción de las mociones.

Superado el conocimiento de las mociones y votado el proyecto en primer debate, debe pasar la prueba de fuego, de realizarse la consulta facultativa ante la Sala Constitucional, esperando que no cuente con reproches de inconstitucionalidad por el fondo o procedimiento, igualmente no se puede tener certeza del tiempo en que pueda tardar ese Poder la República en emitir el voto.

En consecuencia de encontrarse alguna inconstitucionalidad, la Asamblea cuenta con la posibilidad de subsanar el proyecto, razón por la cual la moción 208 BIS contempla el plazo de ocho días máximo para que la Comisión de Consultas de Constitucionalidad resuelva y dictamine el proyecto. Nuevamente regresa el proyecto al Plenario Legislativo e inicia la discusión del segundo debate, los diputados y diputadas cuentan con diez minutos para referirse al mismo por el fondo, antes de proceder a la votación definitiva.

Como podemos observar en forma resumida, aún falta camino por recorrer, pero la reforma avanza a un buen ritmo, la fecha de aprobación definitiva nadie la conoce, solo existirán aproximaciones, pero sí existen puntos de encuentro o consensos sobre temas específicos que no se pueden desconocer por ejemplo en materia de salarios públicos, el pago por auxilio de cesantía con tope de ocho años, dedicaciones y prohibiciones según se trate de bachilleres y licenciados en 10% y 30% respectivamente, anualidades calculadas con monto nominal fijo, 1,94 para profesionales y 2,25 para no profesionales, salarios mayores a 2,1 millones pagaran 20% y salarios mayores a 4,2 millones un 25% de impuesto sobre la renta.

En relación al IVA los impuestos serán un 4% para boletos de avión, 2% medicamentos, 1% para la canasta básica, 2% educación privada, 2% primas de seguros y la compra y venta de los bienes y servicios que realicen las entidades estatales de educación superior, entre otros aspectos.

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