Reforma Procesal Laboral: justicia y necesidad
Alejandro Madrigal [email protected] | Domingo 14 diciembre, 2014

La RPL es justa y necesaria y pretende poner a Costa Rica en sintonía con los convenios internacionales de la OIT
Reforma Procesal Laboral: justicia y necesidad
En estos días, el ojo público ha estado sobre la Reforma Procesal Laboral (RPL), su aprobación en setiembre de 2012, el posterior veto de la presidenta Chinchilla y el levantamiento del veto del presidente Solís.
Mitos, dudas, críticas y apoyos han surgido en torno a esta reforma de un Código que no se ha tocado casi del todo en más de 70 años. Algunos hechos: este proyecto fue producto de amplia discusión y consenso entre cámaras patronales, sindicatos, instituciones públicas y poderes de la República. El proyecto fue aprobado con 40 votos (una amplia mayoría) de diputados de muchas banderas diferentes. Incluidos ahí, los diputados verdiblancos, entonces oficialistas.
Eso deja sin explicación el veto de la presidenta Chinchilla. Los aspectos concretos de la reforma a nuestro Código de Trabajo se resumen en:
Agilidad en los procesos. Hoy existe una mora judicial importante. El procedimiento actual es obsoleto y debe agilizarse.
La reforma introduce la oralidad y la creación de una audiencia preliminar encaminada a acelerar la solución de los conflictos. El agotamiento de la vía administrativa se vuelve una opción y se flexibilizará el régimen probatorio. También, el sistema de solución alterna de conflictos se fortalece y los procesos colectivos se simplifican. Todo esto agilizará los procesos de juicio, garantizando los principios de justicia pronta y cumplida.
Garantías para los trabajadores. La reforma plantea la creación de abogados de asistencia social para trabajadores. Se garantiza la reinstalación como medida precautoria general, a fin de generar estabilidad laboral en casos de discriminación.
Se crean procesos especiales, como la protección de fueros especiales y tutela del debido proceso. También, se establece el pago de intereses como un efecto de la sentencia, de pleno derecho. Estos mecanismos pretenden fortalecer las garantías labores, reducir las injusticias y la impunidad frecuente en procesos laborales.
Cambios en materia de huelga. Es falso que la RPL pretenda promoverlas indiscriminadamente. El derecho a huelga está consignado desde los mismos convenios de la OIT y hoy día Costa Rica no cumple muchas de esas disposiciones.
La reforma pretende: modernizar el proceso judicial de huelga, hacer facultativa la solicitud previa de calificación de legalidad, facilitar el porcentaje de apoyo requerido, dar seguridad a los huelguistas y ampliar la posibilidad de negociación con nuevas vías de conciliación y arbitraje.
Se regulan las huelgas en servicios básicos: se garantiza tanto el derecho a huelga como los de los usuarios de los servicios, con el requisito de un programa de servicios mínimos y de emergencia, previamente aprobado por un juez; de manera que los servicios no se suspendan durante la huelga.
En conclusión, la frecuente injusticia e impunidad en materia laboral en Costa Rica es peligrosa. Los juicios son largos, caros y tardíos. Si deseamos progreso y desarrollo humano, solo se logra en una sociedad que genera bienestar en toda la población.
La RPL es justa y necesaria y pretende poner a Costa Rica en sintonía con los convenios internacionales de la OIT. Para respetar los derechos de los trabajadores del país, es necesario que la RPL se transforme en una realidad.
Alejandro Madrigal
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