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Miércoles, 25 de diciembre de 2024



FORO DE LECTORES


Solvencia, estabilidad y rentabilidad; Variables en el proceso concursal

Juan Diego Sánchez Sánchez [email protected] | Lunes 01 julio, 2024


JDS


Dr. Juan Diego Sánchez Sánchez, Ph.D

Asesor y analista financiero, abogado, profesor e investigador

La gestión financiera empresarial suele ser basada en la administración profesional de las diferentes variables ligadas a los flujos monetarios y operativos de un particular giro comercial, es decir, del funcionamiento mismo de la entidad. Para estos efectos, es usual precisarse algunas áreas específicas mediante las cuales se operativiza y controla el manejo financiero de la organización, repercutiendo en sus diferentes niveles, y en los resultados finales contables y tributarios de un periodo sometido a evaluación.

Esta gestión financiera puede ser clasificada en tres áreas fundamentales, siendo estas la solvencia, también entendida como la liquidez, la estabilidad u operación, así como la rentabilidad o resultados propiamente. Las tres aristas en cuestión revelan los pilares esenciales de la salud financiera de una empresa, organización, entidad, o similar, la cual se base en el principio de negocio en marcha y ente lucrativo, es decir, que tenga un giro comercial en desarrollo y tenga como fin ulterior la obtención de utilidades en aras de maximizar las ganancias de sus socios, cuotistas, o propietarios finales.

Para el primer concepto, entiéndase la solvencia, se observan las operaciones ligadas al corto plazo y en relación con la capacidad de afrontar el pasivo de mayor exigibilidad con los recursos disponibles, señalando el cubrimiento de las deudas a cancelar en periodos cortos, pero asumiendo par estos efectos, únicamente los activos circulantes, entendidos por el dinero específicamente, pero considerando a la vez aspectos tales como los inventarios, las inversiones transitorias, cuentas por cobrar, y otros de una naturaleza contable similar. Esta área es de vital importancia para el buen funcionamiento empresarial u organizacional, pues en caso de resultarse ser insolvente, básicamente, los pasivos de corto plazo superarían a los activos circulantes, dando paso a la precisión de la falta de liquidez como una realidad aplicativa.

Una segunda concepción financiera es dada por la estabilidad, aspecto que evalúa a la entidad desde una perspectiva más ligada al largo plazo, y en relación con un análisis de fondo de su capacidad de explotación de los activos fijos, así como del mismo haber patrimonial, esto con ligamen a la generación de ingresos. Este ejercicio radica en el análisis productivo del negocio, y su efectividad en periodos sostenibles en el tiempo, permitiendo así la observancia de la prevalencia de la empresa a futuro, y en consideración directa de sus inversiones ligadas a muebles e inmuebles también. Adicionalmente, en relación con esta segunda área financiera, se consideran también las proporcionalidades de la deuda de plazo menos exigible, y su correlación para con el activo fijo, indicadores que resultan ser fundamentales para la estipulación del nivel de deuda de la entidad, no debiendo nunca superar el pasivo a los activos, y detallando de igual forma su impacto en el patrimonio contable.

Por último, se observa la rentabilidad, elemento que hace mención a la capacidad lucrativa y redituable de la empresa u organización, precisando indicadores tales como los márgenes de utilidad, es decir, las tasas porcentuales de ganancia en relación a los costos y los gastos soportados, resaltando el margen bruto, el operativo y el neto. También pueden encontrarse los rendimientos sobre la operación y el capital, que señalan el valor porcentual de explotación, que eventualmente puede repercutir en el monto a cancelar a los socios o propietarios de los títulos valores que acreditan su condición de beneficiarios finales.

Ahora bien, las tres concepciones financieras antes señaladas son fundamentales en el análisis y gestión de una empresa o entidad, y requieren una evaluación constante, pues básicamente permiten establecer los parámetros necesarios para la toma de decisiones, la correcta administración del negocio, y claro está, para evitar la generación de pérdidas y la extensión de los resultados negativos en el tiempo, sobre todo considerando que dicha situación pudiese repercutir en la apertura de procesos concursales.

En este punto es necesario definir el proceso concursal como una figura de naturaleza comercial, organizacional, financiera y jurídica, en la cual una determinada empresa, y sustentado en el análisis de los indicadores de solvencia, estabilidad y rentabilidad, es declarada como persona jurídica concursada, diligencia que puede ser solicitada por algún acreedor con interés directo, o bien, por el órgano fiscalizador, pudiendo ser la superintendencia pertinente u otro similar. Una vez que esta declaratoria se ha realizado, la entidad sometida al concurso es intervenida por una persona o colectividad empoderada para estos efectos, dando inicio al proceso de revisión y su eventual plan de salvamento.

Cabe resaltar que el principio básico del Derecho Concursal radica en la preservación de la empresa, es decir, su fin último no es dado por la declaratoria de quiebra y la liquidación de los activos para el eventual cumplimiento de las deudas, sino más bien, su enfoque es basado en el establecimiento de un plan de salvamento y recuperación de la unidad económica, el cual requiere precisamente, de un análisis pormenorizado de la solvencia, en temas tales como, el efectivo, periodos de cobro y pago, cuentas por cobrar y pagar, inventarios, entre otros. Además de un estudio a fondo de la estabilidad, dando énfasis a las razones del endeudamiento y la deuda general del negocio, así como a la capacidad productiva, para completarse con la revisión profunda de los márgenes y los rendimientos, observando así el valor lucrativo generable.

Dada por iniciada la fase de intervención, la diligencia para su gestión es fundamental y el análisis entre las variables de solvencia, estabilidad y rentabilidad debe ser cruzado, considerando todos sus aspectos para efectos de poder, en primera instancia, desarrollar un plan de salvamento, donde se considera el cubrimiento de todas las deudas de la persona jurídica. En este punto, vale señalar que al aperturarse la actividad concursal, los créditos se dividen, primeramente, en aquellos a cargo de la masa, entendidos por los necesarios para llevar adelante el proceso específico. Seguidos de los concursales propiamente, resaltando en primer lugar los de privilegio especial, tales como los derechos reales, fideicomisos de garantía y otros, continuándose con los privilegiados generales, resaltando los laborales y los alimentarios. Procediendo con los comunes, es decir, otras deudas sin prelación previa, para finalizar consecuentemente con los subordinados, indicados así mismo por la operación, o bien, la misma norma.

Al analizar el orden de prelación de pago de los créditos concursales, logra definirse la necesidad imperiosa de la revisión profunda y transparente de las cuentas contables y partidas financieras de la entidad, pues al precisarse una priorización de los pagos necesarios para la ejecución de las cancelaciones correspondientes hacia los acreedores, es de común entender, que el haber contable de la empresa pudiese no ser suficiente, y dependiendo de la prelación asignada para el cumplimiento de la transacción, esta operación pudiese no ser honrada. Es acá donde entran en juego los indicadores de solvencia, estabilidad y rentabilidad, pues en un caso extremo, parece tornarse necesaria la venta de los bienes muebles e inmuebles societarios, en aras de logra la mayor cancelación posible de las obligaciones financieras existentes.

Aunque la norma concursal establece un orden claro para la liquidación de los créditos concursales, es de especial relevancia señalar que este no debiese ser el objetivo final de este tipo de procesos, sino más bien, su enfoque debe ser planteado para el salvamento y la preservación de la empresa, recurriendo a la solvencia, la estabilidad y la rentabilidad como ejes para su correcta diligencia.







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